El Crowdlending como alternativa de inversión y crecimiento
Necesidad de financiación, restricciones presupuestarias, tipos de interés elevadísimos, cierre de créditos bancarios, altas tasas de morosidad… Con este escenario se complica la puesta en marcha de nuevos negocios e impulsar el crecimiento de los ya existentes, pero también han surgido nuevas vías de financiación alternativas a los servicios bancarios y otras entidades financieras tradicionales. Me refiero al popular Crowdfunding y al no tan conocido Crowdlending. ¿Qué son? ¿Cómo funcionan? ¿Qué ventajas tienen y quién puede beneficiarse de ellos? ¿Son una alternativa segura o conllevan riesgos?
El Crowdfunding, del que posiblemente estarás oyendo hablar con frecuencia últimamente, consiste en la financiación a través de plataformas tecnológicas de Internet a empresas o particulares, a los que ponen en contacto con una amplia variedad de inversores (la multitud o crowd). Bajo esta denominación se agrupan donaciones, mecenazgos, esponsorizaciones, inversión en equity y préstamos o crowdlending.
El denominado Crowdlending es una modalidad de financiación colectiva en la que se presentan solicitudes de préstamos a través de las empresas de plataformas online, que son atendidas por inversores de todo tipo, desde pequeños ahorradores particulares a grandes instituciones, que invierten a cambio de la devolución de la cuantía aportada más unos intereses acordados previamente. Por ello también se lo conoce como Peer-to-Business Lending (P2B Lending) o Peer-to-Peer Lending (P2P Lending).
El origen del crowdlending lo encontramos en Reino Unido, donde lleva funcionando desde 2010. Allí, al igual en que en Estados Unidos o en Francia, esta práctica está mucho más asentada y evolucionada que en España y en 2013, el 40% del total de fondos canalizados (480 M£) fue dirigido a pymes. Incluso el propio Gobierno británico lo emplea como recurso para proporcionar financiación a las empresas del país. Y en Estados Unidos, las dos principales compañías dedicadas a esta actividad han crecido un 195% en el último año fiscal, lo que implica que mueven un volumen de actividad de 1.500 millones de dólares en préstamos -según datos de la web especializada en información económica y tendencias de mercado Business Insider-.
En España, la primera operación de crowdlending para empresas se realizó en julio del pasado año, cuando una empresa del sector packaging solicitó un crédito de 35.000 euros para financiar nueva maquinaria. Bastaron tres para que consiguiese un préstamo por el importe total, 35.000 euros a 6 meses a un tipo de interés anual nominal del 6,53%. Cada inversor ofreció la cantidad y el tipo de interés que deseaba y no hubo límite de aportaciones mínimas. Como resultado, más de 70 personas participaron con cantidades de hasta 4.000 euros a tipos de interés promedio del 7%.
Aunque en nuestro país esta modalidad no está aún consolidada, últimamente están surgiendo varias startups dedicadas a este sector, animadas por una coyuntura económica complicada donde ciudadanos y empresas ven denegados la concesión de créditos por parte de bancos y cajas de ahorros o la consiguen a costa de unos intereses muy elevados. Por otro lado, también se da la circunstancia de que hay personas y entidades con capacidad inversora pero que no encuentran ofertas que les proporcionen una rentabilidad interesante. El éxito del crowdlending es que se basa en una relación win-win, donde todas las partes salen beneficiadas, ya que se trata de un proceso ágil y simple que otorga mayor rentabilidad que otros productos financieros tradicionales.
El proceso es sencillo. Cuando una compañía o particular tiene necesidades de financiación, acude a uno de los portales de crowdlending especializados. El equipo de analistas de la plataforma realiza un estudio sobre la viabilidad técnica, comercial y económica del proyecto, comprueba la solvencia y fiabilidad del solicitante, la veracidad de los datos aportados, la legalidad de la empresa y proyecto, la tarjeta de identificación fiscal, el balance de pérdidas y ganancias, el plan financiero, licencias y registros (en caso de patentes), etc. Y con toda esta información asigna un nivel de riesgo, determinante para establecer los tipos de interés y como información a los posibles inversores.
Las empresas de crowdlending se diferencian en su normativa interna. Algunasfijan directamente el tipo de interés según su modelo interno de riesgo de crédito y otras es fijado por el propio prestamista. Otra diferencia radica en la capacidad de decisión del inversor: algunas plataformas permiten al inversor escoger los proyectos que financia, pero en otros no posibilitan al inversor esta decisión y son ellos mismos los que distribuyen los fondos entre varios proyectos atendiendo a criterios que el inversor facilita como el vencimiento, el rating o la rentabilidad esperada.
¿Quién puede invertir con este modelo de financiación? Cualquiera. No es necesario que las personas que participen en plataformas de crowdlending tengan experiencia previa en inversiones ni profundos conocimientos financieros, ni hay obligación de exclusividad con la plataforma. Precisamente, se recomienda que se diversifique la inversión para minimizar los riesgos.
Porque como normalmente ocurre, mayor rentabilidad conlleva un mayor riesgo. Efectivamente y para ser realistas, hay que saber que invertir en este tipo de plataformas supone asumir riesgos como el caso de impago, de quiebra de la empresa, cambios en el sector en que opera la compañía o en la economía en general que perjudique sus resultados, etc. También es importante tener en cuenta que es complicado recuperar el dinero ante una urgencia y que no está respaldado por un sistema público, como sí ocurre con los depósitos, que están apoyados por un fondo de contingencia. Otros posibles riesgos son la infraestimación del riesgo en los ratings del portal, la quiebra de éste o incluso el fraude.
Ante la expansión de empresas de financiación participativa que se está dando en España y la ausencia de un marco normativo, el Gobierno aprobó en febrero el Anteproyecto de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial para regular, entre otras, las plataformas de crowdfunding equity y de crowdlending. Personalmente, considero que esto mejora las perspectivas de futuro del crowdlending en nuestro país, que supone un reconocimiento al sector como vehículo para el acceso a la financiación de las pymes y que por tanto debería potenciar este modelo como una vía más de inversión habitual.
Las plataformas también han recibido con buenos ojos este movimiento del Gobierno. Según he detectado, en general coinciden en que la mejor forma de afianzarse en el mercado es a través de una regularización que proporcione mayor confianza al inversor. En este sentido, diferentes plataformas ya han declarado su intención de hacer público su nivel de morosidad y el procedimiento que siguen para valorar el riesgo de las empresas.
Además, algunas plataformas se han unido para realizar aportaciones y solicitar modificaciones en algunos puntos de la normativa. Argumentan que su experiencia en este mercado les capacita para aportar mucho de cara a que la futura legislación defienda los intereses de los emprendedores, inversores y de las propias plataformas. Las compañías de crowdlending han pedido no ser reguladas con los mismos criterios que las firmas de crowdfunding puesto que, según señalan, son empresas con modelos de negocio e intereses diferentes. También cuestionan las limitaciones económicas impuestas a esta actividad (el Anteproyecto incluye una propuesta que fija unos límites para los inversores de 3.000 euros por proyecto y 6.000 euros al año y un importe máximo de captación de fondos de un millón de euros por cada proyecto).
En cualquier caso y como decía antes, se trata de nuevas posibilidades que se abren tanto a emprendedores como a inversores y por tanto creo que hay que apoyarlas en beneficio de la economía del país. España necesita cuanto antes una normativa que regule los diferentes tipos de financiación colectiva e incluso, apostaría a que en un futuro habrá una legislación a nivel europeo que regule tanto el crowfunding como el crowdlending.
¿A ti qué te parece? ¿Cómo ves el futuro de estas nuevas empresas?
Muy interesante y divulgativo artículo sobre el Crowdlending o la inversión en préstamos participativos. Estamos muy lejos aún de la implantación que hay en el Reino Unido, pero cada vez somos más las plataformas que, cada una con su modelo, permiten invertir con un rendimiento mucho mayor que los depósitos bancarios diversificando tanto en préstamos como en plataformas. El modelo de ECrowdInvest.com es además win-win-win, ya que sólo se financian proyectos de la economía real que generen impacto positivo en la sociedad o en el medio ambiente.
Gracias por el comentario Jordi. Un saludo.
Gracias Andrés.
Muy interesante.